Si la empresa le ha despedido ya efectivamente y no se está de acuerdo con los motivos que den en la carta de despido (cuestión diferente es que el despido haya sido verbal, en cuyo caso habría que actuar ya), lo que se ha de hacer es impugnar ese despido, pues el plazo son 20 días para ello.
Dentro de dos años, como poder, pueden contratarle nuevamente para ese puesto de trabajo y respetando la antigüedad, pero ya le adelanto que eso no va a ocurrir, pues la empresa se estaría tirando piedras contra su propio tejado si le reconoce una antigüedad que no es real, y que eso después le va a repercutir negativamente en términos económicos ante cualquier reclamación, inspección de trabajo, etc. Si el caso es que le han despedido y le han prometido nueva contratación dentro de X tiempo respetando antigüedad y condiciones, desconfíe plenamente, pues la empresa no estará buscando otra cosa que evitar que se le demande.
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