Consecuencias de no incluir cuenta bancaria en herencia

Hace unos meses falleció mi padre sin dejar testamento. Realizamos todos los trámites pertinentes incluida la liquidación del impuesto de sucesiones. En la relación de bienes nos quedó por incluir una cuenta bancaria. Dicha cuenta bancaria pertenecía inicialmente a mi madre, se creó única y exclusivamente para que una cooperativa (de la que mi madre es socia), le ingresara lo obtenido gracias a la entrega de fruta, posteriormente se incluyó a mi padre como titular para que pudiera realizar retiradas de dinero y que no se desplazase mi madre a la sucursal. No reparamos en esa cuenta a la hora de incluirla en la liquidación y no sé si eso puede tener alguna consecuencia. La sucursal bancaria anunció futuras comisiones en las cuentas por lo que mi madre decidió retirar todo el dinero y cancelarla ya que el uso de la misma es el citado anteriormente. En el banco le dijeron que tenían que firmar ambos titulares para cancelarla y al estar él fallecido no le dejaron realizar el trámite. Actualmente dicha cuenta está a 0 € y no se va a utilizar. El dinero que había en dicha cuenta al fallecer mi padre no era mucho y ni mi hermano ni yo (únicos herederos además del usufructo de mi madre) tenemos interés en reclamarlo. Mis dos dudas son las siguientes: de cara a Hacienda ¿puede tener alguna consecuencia futura no haber incluído esa cuenta bancaria?. ¿Pueden cobrar comisiones sobre esa cuenta que está a 0€?. Supongo que la forma más correcta de hacer todo sería hacer una adición de herencia y presentar una complementaria del impuesto de sucesiones pero estamos bastante saturados de trámites y me gustaría saber si dejar las cosas así, estando todos los herederos de acuerdo, puede ser una buena opción.

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El problema que tienen es no poder cerrar definitivamente esa cuenta, desde el punto de vista del impuesto de sucesiones, solamente les cobrarían, si salió a pagar, la cuota que corresponda al 50% del saldo existente al fallecimiento de su padre.

Le recomiendo que pongan una carta al banco manifestando su voluntad de cerrar y cancelar esa cuanta, anunciando que no van a admitir ninguna comisión o gasto dimanante de la misma.

Siempre atento, Pedro. El impuesto de sucesiones no salió a pagar, estamos exentos. Respecto a la cancelación de la cuenta no sé si la carta será efectiva. Mi madre me comentó que al indicarles que la quería cancelar le dijeron que solo era posible tras hacer todos los trámites (entrega de certificado de defunción, etc, etc, y liquidación de impuesto de sucesiones), ella no les comentó que todo eso ya se había hecho pero no se había incluído esa cuenta. La única solución que le ofrecieron es dejarla a cero y "a ver si Hacienda no dice nada" pero a mi me quedó la duda de si podrían cargar comisiones y dejar la cuenta al descubierto.

Ivana, dice vd: La única solución que le ofrecieron es dejarla a cero y "a ver si Hacienda no dice nada" pero a mi me quedó la duda de si podrían cargar comisiones y dejar la cuenta al descubierto.

Precisamente para evitar o al menos que quede constancia de ello es por lo que le recomeiendo esa carta al banco poniendo de manifiesto que consideran cancelada esa cuenta a partir de la fecha del fallecimiento de su padre.

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