Si lo único que tiene es una vivienda no habitual a declarar

Si mi domicilio fiscal es el conyugal siendo esa vivienda 100% propiedad de mi marido (en régimen de separación de bienes), y yo tengo el 100% de titularidad de otra que compre de soltera y ahora no obtengo rentas de ningún tipo, ¿he de declararla y pagar impuestos por ella? ¿O hay un mínimo de valle catastral no obligado a tributar si solo se tiene eso?

1 Respuesta

Respuesta
1

Las segundas residencias o viviendas "vacias" tributan en renta como inmuebles no afectos a actividades económicas a disposición de sus titulares. El porcentaje de tributación es del 1,1% o el 2% sobre el valor catastral dependiendo si ha sido revisado en los últimos 10 años o no

Por otro lado, debes tener en cuenta que si no tienes más ingresos, no estas obligada a hacer declaración de irpf, salvo que el valor catastral de esa vivienda supere los 500.000 euros. En vuestro caso, mira la posibilidad de hacer declaración conjunta con tu marido, seguro que es la opción más favorable.

Muchas gracias por la respuesta. Otra cuestión que me surge es que si por ejemplo alquilo la vivienda que es 100% mía a mi padre, una vez ponga todos los gastos deducibles me sale rendimiento negativo pero tengo que poner el mínimo del 2 o 1,1% del v.c., y claro, me sale a pagar, pasa lo mismo si no fuera un familiar? Y si no, si pongo que no es familiar, se daría cuenta hacienda? Me arriesgo mucho?

Y otra cosa, he consultado los datos fiscales y me aparece el valor catastral al lado de la cantidad de que sí ha habido revisión, el importe es total es que pone es de casi 61.000€ pero veo en un recibo del ejercicio de 2014 que el valor total (suelo +construcción) es de casi 37000€ . Es decir yo entonces en el caso de declarar lo tendría que hacer por el 1,1% de 37.000€ verdad? Si no ha vuelto a bajar. Hacienda entonces no me ha enviado el importe correspondiente entiendo

Por partes, el alquiler a familiares tributa mínimo por el mismo importe que si la vivienda estuviera vacía. Poner que todo lo percibido por el alquiler es de un no familiar es fácilmente detectable para hacienda por el cruce de datos. Así que mejor declarar lo real. En cuanto al valor catastral te tienes que guiar por el que aparezca en el ultimo recibo de contribución, el del 2016, no en anteriores. El valor que te aparece en los datos fiscales rara vez difiere del real, así que ante la duda pon ese. Por favor, valora la respuesta, es muy importante para los expertos del foro.

¡Gracias! . Creo que el importe catastral (revisado pone que sí) ha debido de cambiar pues varía mucho con el último recibo. No obstante haré lo que me aconseja y pediré copia del ultimo. Muchas gracias

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas