Tengo dudas sobre la legitima

Referente al cobro de la legitima, que gastos con lleva la aceptación de la misma y si se ha de declara en la renta correspondiente al legitimario

Respuesta
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La legítima, igual que cualquier otra cosa que se herede está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero a no ser que se trate de una cantidad muy grande no vas a tener que pagar. Tendrás que declarar, pero no pagar.

Las herencias no se declaran en la renta. SI te dan un dinero lo puedes ingresar directamente y no hay que declararlo y si este dinero te da intereses, tendrás que declarar solo los intereses.

al fallecimiento de mi padre deja heredera mi madre universal y legitimario sus hijos, posteriormente al fallecimiento de mi padre, se vende propiedad por parte de mi madre, y al fallecimiento de ella deja a cinco hihos herederos y a mi legetimaria, se puede rec lamar la herencia o legitima del padre

Efectivamente. Dependiendo de cual sea la comunidad autónoma, al morir el padre hay que repartir entre los hijos un tercio de lo que tenía. Por ejemplo, si estaban en gananciales, se reparte un tercio de su mitad. Si no se ha pagado, los herederos te lo deben, eso es inexcusable. Luego, al morir tu madre, también hay que repartir un tercio de lo que ella tenia, que como ahora lo tiene todo, no es un tercio de la mitad, sino un tercio de todo.

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