Finalización tras prórroga contrato alquiler vivienda

Inicio contrato alquiler 30/11/13. El 30/11/16 nos informa que no va a renovar porque quiere vender. Nos da una prórroga por escrito, hasta el 28/02/17 para que busquemos otra vivienda o por si queremos comprar la suya. A mediados de diciembre 16 le comunicamos por whatsapp que no podemos comprar y que buscaremos un alquiler en otro sitio. El 1/02/17 le comunicamos por la misma vía que hemos encontrado un piso y que el 15/02/17 dejaremos el suyo. Le decimos que si se lo tenemos que poner por escrito y dice que no hace falta. El 15/02/17 dejamos su piso y las llaves. Se han cumplido dos meses desde que dejamos el piso y me está dando largas para devolverme la fianza (dice que el tema lo lleva la asesoría) y que se vInicio contrato alquiler 30/11/13. El 30/11/16 el propietario informa que no va a renovar a a quedar con la mitad de la fianza por no haberle avisado con tiempo.

Que puedo hacer ¿?

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Entrego las llaves ante testigos al propietario, ¿o acudió a la oficina del administrador? ¿Saco fotos del estado del piso cuando firmo y otras cuando lo entrego? ¿Cumplió y tiene pruebas de haber cumplido con el contrato? ... para demostrar su buena actitud. Por su texto Usted sabia la intención del propietario de quedarse con la mitad de la fianza y entrego las llaves pero que documento o prueba demuestra el como mostró su disconformidad.

Que se dice en el contrato sobre la devolución de la fianza, y penalizaciones

Gracias por tu atención

Entregué las llaves a un matrimonio amigo suyo porque él vive fuera de España. No sacamos fotos pero el piso lo dejamos impecable.Cuando nos comunicó que quería vender subieron a casa (los propietarios) y vieron que el piso estaba muy bien.El quiere quedarse con la mitad por no haberle avisado con tiempo...a pesar de decirnos que el 1 de marzo lo necesitaba para el futuro comprador...nos fuimos antes incluso para no perjudicarle.En el contrato no pone cantidad alguna de penalizaciones ni que tuvieramos que avisar

Respecto en el estado en que quedo el piso no es prueba suficiente su palabra contra la del propietario.

El 30-11-2016 el propietario comunicó la finalización del contrato, es el mismo día de vencimiento del periodo máximo para prórroga del mismo, creo que se le pasó la fecha y quiere utilizar otra vía para perjudicarla a Usted por eso amplia un plazo hasta el 28-2-2017.

¿Cuenta con el testimonio de las personas a las que entrego Usted las llaves para que respalden que así lo hizo?

¿Ha tratado de hablar con el administrador del propietario?

Esas personas son sus amigos y no creo que testificasen contra él.

La agencia nos da largas y dice no saber la dirección actual del inquilino, el cual no nos responde a los whatsapp

No sabemos qué hacer

¿Tiene documentos donde quede constancia los intentos que ha estado tealizando con ese administrador?

En caso de no tener ninguno, consiga su email, redacte un escrito claro, con el nombre/s a quien figura el piso alquilado una dirección de conracto, sea breve, mostrando pretensión de recuperar la fianza por necesitar ese dinero, firme quien lo haya alquilado una o más personas. Léalo tranquilamente y envíelo al administrador en calidad de representante del propietario.

El siguiente paso seria hacer lo mismo con el propietario.

Comente con esas personas de manera superficial para que usted se de cuenta si estarían dispuestos a firmar un escrito como que recibieron las llaves y del estado del piso (esto si es posible, así como su compirtamiento en la comunidad y la impresión que esas personas puedan tener con respecto a las relaciones con el protietario).

Lo siguiente seria un acto de cinciliacion en el juzgado, no precisa abogado, y es una presión para que se de cuenta el propietario su insistencia y que conoce sus derechos.

Un fleco, seria conocer si el piso es suyo o del matrimonio, y si tiene régimen gananciales o de separación de bienes, porque en función de eso el contrato debería estar firmado por el matrimonio.

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Si puede vd acreditar que el día 15/02/2017 entregó las llaves del piso sin objeciones por parte del propietario, en este momento le puede reclamar, incluso judicialmente, la devolución íntegra de la fianza con intereses de demora desde 15/03/2017.

Le sería muy útil leer:

EL DECALOGO DEL INQUILINO

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