Fallecimiento de usufructuario de vivienda alquilada
Estoy viviendo de alquiler en un apartamento y mi contrato lo hice con el usufructuario del inmueble. A fecha de 23 de febrero de 2011. Esta persona ha fallecido recientemente, el 19 de febrero de 2016. Ahora los propietarios reclaman el apartamento mediante un escrito fechado el 30 de marzo de 2016, donde nos notifican la extinción del contrato y la entrega de las llaves.
Como dato adicional, añado que no he pagado el alquiler de marzo.
Mis dudas son las siquientes:
Dado que la renta de febrero, mes en el que se extingue el contrato por fallecimiento, sí la pagué y la notificación de extinción es del 30 de marzo, ¿se podría entender como una prórroga tácita del contrato?
Si no es así, es decir, el contrato está extinto, qué plazo máximo tengo para abandonar el apartamento ¿Debería pagar el mes de marzo y abril, no habiendo contrato vigente? ¿Y febrero, debería pagarlo entero o lo que correspondiese hasta la fecha de extinción del contrato?
Y por último, ¿qué opciones viables hay para retrasar el máximo posible la entrega de llaves?