¿ Tienen derecho a quitarte tú día de descanso?
Actualmente trabajo para una empresa dirigida al sector de comercio textil.
Mi jornada laboral es de 40 h/semanales, distribuidas generalmente en cinco días, no siendo todos los días de 8 h, sino llegando a trabajar entre 10-11 horas según el nivel de trabajo.
En la empresa lo general es librar día y medio, pero en este caso los que libran ese día y medio trabajan 36 h/semanales.
Mi problema principal y reiterado es los constantes cambios de horarios semanales y el hecho de que cuando en la empresa por falta de personal, sea por un motivo u otro, me quitan un dia de libranza escudándose en que la ley determina que mis días de librar son día y medio, y como según ellos hacen "la excepción" de darme a mí dos días de libranza pues no debo quejarme ni reclamar ese día que me lo devuelvan o sea retribuido. A todo esto por lo general no me avisan con días de antelación, sino directamente esa semana. Recalco que no es la primera vez que me quitan uno de mis días a librar sin recuperación de ese día
Necesito saber hasta que punto esto es legal, y que argumentos lógicos y justos puedo responder a mis jefes ante esta situación.
Buenas noches. Una consulta.Tengo en mi programación cuatro días de turno nocturno de 12 horas pero en mis dos últimos turnos me dan incapacidad y al informar a la empresa me dicen que el primer día de mi dos días de descanso quedo como disponible para cualquier novedad. Sólo por lo de la incapacidad ya que serían 4 días los dos de incapacidad y los dos de mi descanso. Tengo entendido que eso no efecta y se debe seguir programación normal. Estoy equivocada? - Yanira Pinzón Castillo