¿Desde cuándo las Provisiones Matemáticas son la base sobre la cual expresar el rendimiento de un producto financiero?

Me gustaría saber si cuando no existía el TAE e independientemente del régimen fiscal del producto financiero, su rentabilidad se expresaba sobre sus provisiones matemáticas como se hace ahora.

Es decir, el TAE es una medida que clarifica el rendimiento de un producto financiero y las provisiones en cambio son algo que no solo las disimula sino que las oculta por completo.

Me pregunto si es el TAE lo que ha traído este problema o si ya existía.

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Lo que cuentas no se da en todos los productos financieros, sólo en los productos de compañías aseguradoras.

Todo seguro es un producto financiero, desde el seguro del coche al del hogar o uno de ahorro.

A diferencia de otros productos financieros en todo seguro se introduce un elemento estadístico vinculado a probabilidades y ello resuelve alguna situación de incertidumbre planteada en el contrato y que procede de un riesgo a asegurar.

Si te han ofrecido un seguro de ahorro te habrán dicho que el seguro incorpora una componente de riesgo, de fallecimiento (como mínimo): ahí tienes el elemento estadístico, probabilístico: que en el periodo asegurado fallezcas o no.

Normalmente en los seguros de ahorro esta cobertura es muy pequeña. Por ejemplo de 600 euros pero existe y da pie a que el resto del contrato sea un seguro y no un depósito bancario o un producto de inversión. Eso tiene consecuencias: por ejemplo, si los activos subyacentes son "peligrosos" en un producto bancario o de inversión deberás someterte a un cuestionario MiFID pero no en un seguro por lo que algunos usan esta vía para colocar con facilidad activos algo más arriesgados de lo que espera el contratante. Ojo con eso.

Como puedes suponer esa pequeña cobertura de seguro de vida no te la regalan: te la cobran. Si además el seguro incorpora otras coberturas de incapacidad, enfermedades graves, etc también las pagarás y de forma opaca. Ojo con eso.

Y ahora toca hablar de gastos: si tomas la prima de seguros de riesgo que acabamos de ver, los gastos de publicidad (regalos incluidos), los gastos internos de la aseguradora y la comisión que pagan al vendedor tendremos el conjunto de gastos que se van a imputar a este seguro.

Si cogemos el dinero que tu aportas al seguro (la prima) y le deducimos todos esos gastos quedará lo que se llama la "provisión matemática de balance" que es lo que el asegurador va a invertir en tu seguro. Y a este importe es al que se le aplica el interés técnico, que no es una TAE, ni TIR, ni TIN.

Y aunque sigue siendo un 3% no tiene nada que ver con un 3% bancario.

Lo veremos muy bien con dos ejemplos en el que habrá una inversión FICTICIA con el 3% y otra con el 2% a ver si nos llevamos una sorpresa...
Ejemplo 3%
- INVERTIMOS 10.000 euros
- Gastos administrativos comerciales 5.000 euros
- SE APLICA EL 3% SOBRE 5.000 euros = 150 euros
Ejemplo 2%
- INVERTIMOS 10.000 euros
- Gastos administrativos comerciales 300 euros
- SE APLICA EL 3% SOBRE 9.700 euros = 194 euros
Como ves dependiendo de los gastos imputados un interés mayor puede ser menos rentable que un interés menor. ¡Tela!
Puede parecerte una exageración que a 10.000 le quite 5.000 de gastos pero una conocida aseguradora llegó a pagar el 60% de comisión a sus agentes lo que generaba situaciones legalmente válidas pero éticamente inmorales.
¿Consejo? No te fíes del tipo de interés técnico porque de forma aislada no aporta ninguna información fiable, como has visto. Pregunta cual es el capital que sí o sí tendrás sobre la mesa el día del vencimiento (cuando acabe) el seguro y a partir de ahí tira de interés compuesto para conocer la rentabilidad real.

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