Comunidas autónoma para de los tributos de un seguro de vida

Mi padre ha fallecido con dos hijos, yo y mi hermano. Su lugar de residencia era Galicia, el de mi hermano Galicia y el mio es Andalucía. Los hermanos seremos beneficiarios de un seguro de vida (40000 euros) y de sus ahorros de la cuenta corriente (8000 euros). En Galicia no hay impuesto de sucesiones para menos de 500000 euros. Mi pregunta es si al yo vivir en Andalucía sí que habría impuesto. Y si se aplica al seguro, al dinero. Es decir si esas dos cosas son el mismo tipo de herencia a efectos fiscales. En el caso de Galicia, desde el 1 de enero del pasado año las herencias inferiores a 400.000 euros por heredero (excluyendo de esa cuantía la vivienda habitual) están exentas de tributarGracias! Al

3 respuestas

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Pregunte en la sección de derecho para que un abogado o asesor fiscal le conteste.

Respuesta

No es mi campo, pero creo que "las piedras", esto es, los inmuebles, tributan en la comunidad en la que se encuentran y el resto tributa por la comunidad de residencia del que hereda, pero como muy bien decía el compañero Brokadiz, en Derecho y Leyes seguramente podrán asesorarte con mas precisión, incluso de las deducciones que puede haber por comunidad autónoma.

Perdón... del que hereda no, del que fallece

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Si tu padre falleció en Galicia y fue enterrado en Galicia, la. Tributación que te afecta es la gallega.

Dicho de otro modo, la razón de ser del impuesto, el fallecimiento, se produce en Galicia por lo que todo lo. Que tenga que ver con el fallecimiento estará regulado por las leyes gallegas.

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