Ya habrá visto por la tele los problemas que hay por las herencias.
Todo depende de la comunidad autónoma de los fallecidos.
En Madrid por ejemplo, no van a pagar nada, o sólo unos pocos euros.
Pero por ejemplo en Andalucía el pago de impuestos, se puede multiplicar lo de Madrid por 100. Una burrada.
Pero de todas formas, con lo que dice que les va a quedar, no creo que tengan que pagar nada, pues (y depende de la comunidad autónoma), hay un mínimo que está exento. Y no creo que el valor de la vivienda que les dejan, supere ese mínimo.
Pero le voy a contar algo que me parece, en lo que están en un error.
Eso del testamento del uno para el otro en un matrimonio, no existe.
Es un bulo muy extendido, pero es imposible que ocurra.
Las herencias se dividen en tres partes iguales, y dos de esas tres partes (como mínimo), son obligatoriamente por Ley para los hijos.
Por tanto una persona no puede legalmente dejar todo a su esposa o marido.
Es tan ilegal, que ningún notario aceptaria redactar un testamento de esos.
Y los testamentos, para que tengan valor hay que hacerlos ante notario.
Otro asunto:
Normalmente, un matrimonio compra las propiedades en gananciales.
Si es así, la mitad de cada piso, es del marido y la otra mitad es de la mujer.
Así pues, si uno de los dos fallece, los hijos y herederos, heredan su parte.
Luego, se enfrentan a dos herencias. Diferentes, aunque recaigan sobre los mismos pisos.
Una herencia la del padre y otra la de la madre.
Tras fallecer alguno de los dos, tendrán que liquidar la herencia correspondiente.
Cuando fallezca el otro, ya aceptarán el resto de la herencia.
No dejen pasar el tiempo, pues tras el fallecimiento, solo hay seis meses de plazo para el pago de cualquier impuesto. Y si no se cumple, hay recargos y se cobran intereses de demora.
No lo dejen el asunto, pues al fin y al cabo, prácticamente no van a tener que pagar nada.
Bueno, al menos del impuesto de sucesiones. Que es impuesto de hacienda.
Porque también hay que pagar la plusvalía que es un impuesto municipal.
Respecto a las nuevas escrituras en las que aparezcan su marido y usted... pues no.
Las herencias son personales.
Por tanto, las escrituras las hará el notario a nombre solamente del heredero. O sea, de su marido.
Y por otro lado, las herencias no entran en gananciales.
Por tanto, ese piso será solo y exclusivamente de su marido. Usted no tendrá ningún derecho sobre él.