Comunidas autónoma para de los tributos de un seguro de vida
Mi padre ha fallecido con dos hijos, yo y mi hermano. Su lugar de residencia era Galicia, el de mi hermano Galicia y el mio es Andalucía. Los hermanos seremos beneficiarios de un seguro de vida (40000 euros) y de sus ahorros de la cuenta corriente (8000 euros). En Galicia no hay impuesto de sucesiones para menos de 500000 euros. Mi pregunta es si al yo vivir en Andalucía sí que habría impuesto. Y si se aplica al seguro, al dinero. Es decir si esas dos cosas son el mismo tipo de herencia a efectos fiscales. En el caso de Galicia, desde el 1 de enero del pasado año las herencias inferiores a 400.000 euros por heredero (excluyendo de esa cuantía la vivienda habitual) están exentas de tributarGracias! Al
Respuesta de Carballada Ag. Seguros
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Respuesta de Brokadiz Correduria de seguros
Respuesta de Juan Bautista