En qué momento Anular Poder notarial

Firmado un poder notarial para aceptar herencia y venta de inmueble heredado, ¿en qué momento es recomendable anular este poder?.

¿Tiene algún coste?

2 respuestas

Respuesta
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Para anular el poder, tiene que ir a un notario y este lo comunicara al apoderado, por lo tanto, debe solicitar presupuesto en la notaria previamente.

El poder lo puede anular en cualquier momento, pero lo lógico es hacerlo una vez haya terminado toda las operacines de aceptación y venta...

Respuesta

Si ese poder se dio para una operación determinada se agotará cuando el apoderado realice aquello para lo que se otorgó ese poder, con lo cual no hará falta cancelarlo

¡Gracias! 

Una duda más, en otro tipo de poder más amplio, si por desgracia, suponiendo que sucediera lo peor y el apoderado realizara un trámite utilizando ese poder y la persona que dio el poder no está de acuerdo... ¿puede defenderse?. Esto es, en el momento de hacer el poder (y dado que en el escrito hay términos difíciles de entender) expuso sus dudas al notario, quien entiendo, lo debió tener en cuenta... pero queda la duda e intranquilidad. ¿Podrían orientarme cómo debo proceder?

Gracias

No se debe dar un poder si no se tiene claro su alcance, si le preocupa que el apoderado pueda excederse en sus facultades, lo más aconsejable es que le revoque ese poder, utilizando el mismo medio que uso para darle el poder, la vía notarial

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