¿Quien da cobertura a la rotura de un toldo en caso de ser inquilino?

Debido a fuertes rachas de viento y granizo, el toldo del piso en el que soy inquilina, se descosió. Al ponerme en contacto con la propietaria me comenta que el seguro de la comunidad no lo cubre y que lo tengo que asumir yo. Yo no estoy de acuerdo puesto que el toldo formaria parte del continente, el cual no tengo porque asegurar yo. Me temo que cuando tenga que recuperar mi fianza me descuenten el valor de la reparación. ¿Qué me aconsejan?

2 respuestas

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El toldo esta cubierto por el Cte de la vivienda, pero por viento, tiene haber una intensidad concreta que viene definido el la Póliza, normalmente es de unos 90 km h.

También por granizo cualquier intensidad.

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Completamente de acuerdo con lo que ha comentado Carlos Soria... solo haría un apunte. Tu si podrías tener responsabilidad si se ha avisado de que venia este temporal y no has tomado medidas para que no se produjesen daños (recoger el toldo tras aviso de temporal)... pero ya seria algo bastante rebuscado y difícil de demostrar.

De todas formas, como inquilina, te recomiendo la contratación de un seguro para el contenido, pero que además cubra la Responsabilidad Civil Locativa, esto es, la responsabilidad que como inquilina puedas tener respecto de los daños que causes al continente. Por ejemplo, si te dejas la plancha enchufada y causas un incendio, la causante eres tu, por lo que el propietario ( o su seguro) puede exigirte Responsabilidad Civil por los daños).

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