Si mi contrato es ya de 21 horas, ¿Puedo ejercer el derecho de elección de horario por maternidad?

Yo estoy trabajando en una empresa con un contrato indefinido a 21 horas.

Voy a ser madre y me gustaría saber si para elegir el horario fijo que más me convenga, puedo hacerlo sin más o tendría que reducirme la jornada. La intención es trabajar en horario fijo de mañana. Es una empresa de comida rápida que abre desde las 6 de la mañana hasta las 2 de la madrugada y verano 24 horas, todos los días del año.

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El ET ( Estatuto de los Trabajadores ) no concreta que para solicitar la conciliación familiar, sea condición tener un contrato de 40/h semanales.

Puedes solicitarlo sin problema, pero ten en cuenta que la reducción sobre tu jornada actual es si o si, te explico, no puedes solicitar sólo la concreción horaria y seguir trabajando las 21h que haces ahora, solicitas la reducción de tu jornada ( nimimo 1/3) y a la vez a la hora que quieres realizar esas horas.

Puede que oigas o te digan que si se puede concretar horario sin reducir la jornada, pero ya te adelanto que el estatuto es claro en su articulo, y que no cabe confusión ni interpretación, siempre vas a tener la razón y te lo han de conceder si o si, y si no denuncias y ganas seguro. Pero solo la concreción horaria sin reducción, te la pueden denegar, tendrías que ir a juicio, lo mismo ganas que no, depende del juez, hay cientos de casos en los juzgados sobre este tema, se han recurrido a órganos superiores, en fin un lío. De todas maneras si la empresa te lo concediera, este tipo de acuerdo no tiene en absoluto la protección contra despido que si lo tiene el de la reducción con la concreción.

¡Gracias! 

Entonces, ¿cuántas horas tendría que reducir mi jornada para poder optar a ese horario fijo? (Jornada actual 21 horas, ampliables si ellos lo necesitan)

Cito del ET : "Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella ".

Como mínimo 2 horas y media a la semana, te quedarías en 18 horas y media a la semana.

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