Mi marido y yo no tenemos testamento, si él muriera, cómo se repartiría todo nuestro dinero teniendo él aún madre y 2 hermanos?

Mi marido y yo llevamos más de 12 años juntos y 6 años casados en Barcelona (nos casamos en el régimen que está por defecto en Cataluña no sé cuál es), no tenemos hijos ni los tendremos, ni tampoco tenemos piso propio estamos de alquiler pero tenemos un dinero ahorrado en una cuenta nómina corriente que está a nombre de los dos desde el primer día que se abrió, él trabaja y yo no (tengo una discapacidad y no puedo trabajar pero tampoco cobro ninguna pensión ni paga ni nada)

Tenemos la duda de qué pasaría si uno de los dos muriera ya que no tenemos testamento, sobretodo por él ya que tiene a su madre aún viva y 2 hermanos y 1 sobrino y no nos llevamos muy bien, en cambio yo soy hija única y mi marido es como un hijo para mis padres y ya han dicho que todo para él.

De ese dinero ahorrado en la cuenta corriente a nombre de los dos, ¿tendría derecho de quedarmelo todo si a él le pasara algo (ojalá y no) por ser su mujer sin hijos? ¿O su madre y/o hermanos/sobrino podrían quedarse una parte?

¿Sería conveniente que hiciéramos testamento aunque sea poco menos de 20.000 lo que tenemos? Si es así, qué tipo de testamento o qué poner por mi discapacidad (¿física y psíquica)?

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Hacer testamento es una buena idea porque cuesta poco dinero, normalmente menos de 100 euros y ahorra trámites y gastos más adelante.

Cuando fallece una persona co testamento basta con sacar un certificado de últimas voluntades que le dirá dónde y cuando se hizo el último testamento. Con ese testamento se puede ir al notario y hacer directamente una escritura de aceptación de herencia.

Si no hay testamento el certificado dirá que no lo hizo y entonces la persona a quien la ley adjudica la herencia ha de ir a un notario que le pedirá que traiga testigos (normalmente dos). Segun la documentación y la declaración de los testigos le harán un acta de notoriedad, que debe ser puesta a exposición pública para que si hay algún otro interesado en esa herencia se pueda enterar. Si no reclama nadie, le hacen el acta de declaración de herederos abintestato y también la escritura de aceptación de herencia. Con todos estos trámites se pierde más tiempo y se gasta más dinero que si se hace testamento en vida.

En Catalunya el régimen que rige es el de separación de bienes. Cada cónyuge es dueño de lo suyo, aunque el dinero de las cuentas en común se entiende que es a partes iguales.

Sin embargo a favor de ustedes está el hecho de que en Catalunya si no hay testamento los primeros que heredan son los hijos y si no los hay, hereda el cónyuge aunque vivan todavía los padres y hermanos del fallecido. En la mayoría de comunidades, heredan los padres antes que el cónyuge y más de un viudo o viuda se ha encontrado con que los suegros le han echado de casa o se han quedado la mitad del dinero de las cuentas conjuntas.

En resumen, si no tienen hijos y pasara algo, se heredan el uno al otro, pero mejor que hagan testamento, porque a la hora de heredar es más barato y más fácil.

Muchísimas gracias! Me ha quedado muy claro. La verdad es que hablamos hace unos meses de hacer testamento así que lo haremos en cuanto podamos. Pero así con todo lo que me ha explicado usted ya no tengo dudas,  por si acaso. Mil gracias otra vez. Saludos!

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