¿Una diligencia de ordenación obliga a asistir?

Me requieren para personarme en un juicio, para incapacitar a mi padre, través de una diligencia de ordenación en vez de una citación. Mi pregunta es, ¿es obligatorio asistir?

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Una Diligencia de Ordenación le ha sido notificada con un contenido exacto, y debe usted dar cumplimiento a la orden contenida en la misma, es decir: ha de asistir. En el caso de que no vaya, le podrán imponer una multa. Si su ausencia no está debidamente justificada y la misma ha perjudicado gravemente el proceso y a las partes, le pueden imputar el delito de obstrucción a la justicia, y entonces la notificación se la entregarán dos uniformados.

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