Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y les ayude. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.
Como habitualmente estarían en gananciales sus abuelos, solo han heredado el 50 % entre los 7 hijos y su abuela el usufructo del 50 % del que no es propietaria.
Eso significa que el hijo que tiene embargo, solo le pueden embargar el % de propiedad que tiene adjudicado, mucho menor de los 43.000 € de deuda. Pero ese pequeño porcentaje (sobre el 7,14% de la nuda propiedad) si puede salir a subasta.
Normalmente no habrá comprador para un porcentaje así de nuda propiedad, pero hay empresas especializadas que si compran esos porcentajes para luego realizar un procedimiento de división de la cosa común. Este procedimiento terminaría con la subasta judicial de la vivienda y por lo tanto el nuevo propietario si podría solicitar el lanzamiento de su abuela.
También tendrían problemas para poder vender la vivienda si fuera necesario.