Estimada Luna:
Sí, puedes renovar tu contrato en prácticas. La administración puede ver que estas dada de alta en la Seguridad Social.
Te paso algunas opciones a tomar en cuenta.
- Ser contratado con Personal Altamente Cualificado, por el cual no deberá esperar los 3 años. Si no, cumplir con los requisitos de profesional Altamente Cualificado.
- La contratación de extranjeros altamente cualificados estén o no en España, en un proceso de duración máxima de 20 días, ofreciendo a la empresa máximas facilidades al reducir de manera sustancial la documentación a aportar, así como autorizando a presentar la solicitud de residencia y trabajo mediante otra persona dotada de autorización.
- Este trámite se lleva a cabo en Madrid, cubriéndose desde la oficina de Madrid las solicitudes de toda España.
- Esta vía está dirigida a las empresas que quieren contratar a un empleado extranjero que tiene una titulación de graduado o postgraduado y se le deberá ofrecer un contrato de mínimo un año y garantizando un salario acorde con el perfil del puesto de trabajo.
- Si el extranjero es estudiante en España, no necesitará llevar una estancia mínima en España, ni necesitará un nuevo visado, los trámites se harán directamente en Madrid, y si tras la resolución que tardará un máximo de 20 días, el empleado podrá ser dado de alta en la Seguridad Social. Al trabajador se le concederá un permiso de residencia, de dos años siempre y cuando el contrato sea de dos años o indefinido, y que se reducirá a uno si la duración del contrato se reduce a un año.
- Si el extranjero está en su país de origen, el trámite inicial será el mismo y tras la resolución, el trabajador deberá solicitar el visado en el Consulado Español en su país de residencia, el cual se resolverá con carácter urgente.
- Habiendo silencio positivo si en 20 días no se dictase resolución.
- Excepcionalmente y previo informe favorable de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración podrá reducirse el plazo de tres años, cuando se trate de extranjeros cuya residencia en España se considere oportuna por razón de la relevancia excepcional de los méritos profesionales y científicos acreditados por aquéllos.
- En el caso de haber estado dos años en España, (1 de ellos haber estado en prácticas para una empresa).
- Otra vía, es que mientras se encuentre en estudiando, también podrá solicitar una autorización de trabajo temporal.
- El estudiante extranjero que viene a España para cursar estudios, no remunerados laboralmente, en cualquiera de los centros docentes o científicos españoles, públicos o privados, oficialmente reconocido, se les puede autorizar para realizar actividades remuneradas a tiempo parcial o de duración determinada.
- En el ámbito sanitario, es decir estudiantes licenciados en Medicina y Cirugía, farmacia, psicología, ciencias químicas y biológicas, con el título homologado y realicen estudios de especialización podrán realizar actividades laborales derivadas de estos estudios sin necesidad de tramitar autorización para trabajar.
- El Ministerio de Trabajo e Inmigración pretende flexibilizar el proceso y tramitar las resoluciones en un tiempo aproximado de 1 mes, en lugar de los 3-4 meses actuales.
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