Embargo indemnización por accidente laboral en el extranjero

Me va a ser concedida una indemnización por un accidente laboral que tuve en Portugal, y me será ingresada en una cuenta que tengo abierta en Portugal, en un banco portugués, para ese efecto.

Aquí en España tengo deudas con la Seguridad Social (poca cantidad sobre 500€), con proovedores de un antiguo negocio que tuve y después con bancos, con mi antiguo casero (fui desahuciado); no me consta que el juzgado me mandase ninguna notificación de embargo, de momento, por ninguna deuda, el único organismo que ejecuta un embargo en mi cuenta española, cuando tiene fondos, es la Seguridad Social.

Mis preguntas son ¿me pueden embargar esa indemnización de la cuenta "portuguesa"? ¿Sería mejor que una vez cobrada la indemnización, con la mayor inmediatez, sacase el dinero y guardarlo "debajo del colchón"? Ó ¿Cómo tendría que hacer para salvaguardar ese dinero?

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El embargo de su cuenta "portuguesa" es posible, aunque arduo y laborioso, el acreedor tendrá que conocer esa cuenta, a continuación solicitar el embargo por medio de comisiones rogatorias, obtenerlo y luego ejecutar.

Si trae el dinero y lo guarda debajo del colchón el riesgo que corre es que se lo roben, ya que parece dificil que sus acreedores tengan acceso a ese colchón.

¡Gracias! 

¿Y en caso de que un juzgado ejecute una orden de embargo, por lo comentado anteriormente, de mis cuentas por las deudas del desahucio o impagos de cuotas de prestamos en bancos?

En tal caso embargarán el saldo que tenga vd en esas cuentas.

Le ruego califique la respuesta y cierre, si no tiene otras dudas

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