Embargo indemnización por accidente laboral en el extranjero
Me va a ser concedida una indemnización por un accidente laboral que tuve en Portugal, y me será ingresada en una cuenta que tengo abierta en Portugal, en un banco portugués, para ese efecto.
Aquí en España tengo deudas con la Seguridad Social (poca cantidad sobre 500€), con proovedores de un antiguo negocio que tuve y después con bancos, con mi antiguo casero (fui desahuciado); no me consta que el juzgado me mandase ninguna notificación de embargo, de momento, por ninguna deuda, el único organismo que ejecuta un embargo en mi cuenta española, cuando tiene fondos, es la Seguridad Social.
Mis preguntas son ¿me pueden embargar esa indemnización de la cuenta "portuguesa"? ¿Sería mejor que una vez cobrada la indemnización, con la mayor inmediatez, sacase el dinero y guardarlo "debajo del colchón"? Ó ¿Cómo tendría que hacer para salvaguardar ese dinero?