Responsabilidad del ayuntsmiento en desagües mal construidos.

Vivo en unos unifamiliares adosados, y despies de 16 años, hemos tenido algunos problemas con los desagües de la casa.

Tras llamar a pozeros y fontaneros, hemos detectado algunos problemas en la construcción de los desagües que ahora explico, mi pregunta es: ¿Tiene alguna responsabilidad el ayuntsmiento de no haber detectado los problemal al conceder la licencia de primera ocupación?

1) En el piso superior tenemos dos baños y resulta que están cruzados con mi vecino, desaguando un baño suyo en mi red de desagüe(arquetas bajo mi casa) y uno de los míos en una suya. Podríamos dejarlo así, pero yo preferiría cambiarlo, ¿podríamos reclamarle al ayuntamiento esto?

2) El tramo final del desagüe está revocado hacia mi casa, es decir, la red circula bien hasta la ultima arqueta registrada, pero de ahí hasta la general (unos dos metros), vemos que tiene revoque hacia dentro. Cuando se llena por lluvias la red municipal, estoy seguro que entra hasta mi casa y además, no desagua bien esta arqueta, pues tiene que llenarse toda en inundarse la tubería para salir el agua hacia fuera. ¿Tendría responsabilidad el ayuntamiento de este tramo?

2 respuestas

Respuesta

Yo entiendo q el saneamiento enterrado está dentro de las casas y la responsabilidad es de la constructora, no del ayuntamiento ya que la red de alcantarillado/saneamiento municipal ya es la parte exterior de las viviendas, la constructora o promotora hizo mal el saneamiento cruzandolo pero como digo dentro de vuestras viviendas no en la red municipal

Si, si eso esta claro, pero entiendo que arquitecto técnico que da el visto bueno a la construcción esta para confirmar que la ejecución de la obra se hizo en base a los planos entrgados para que les dieran la licencia de obra.

Es decir, supoho que sera algo parecido a esto:

La constructora presenta un proyecto, el ayuntamiento le da una licencia para esa obra, en base a ese proyecto.

La constructora construye

Una vez finalizada, el ayuntamiento otorga licencia de habitabilidad cuando se comprueba que se ha ejecutado tal y como pone en los planos.

Yo a quien demando es al ayuntamiento, pues no esta ejecutado como decían que lo iban a hacer. Obviamente, el ayuntamiento tendrá que intentar pedir responsabilidades a la constructora, pero yo, directamente al ayuntamienyo que fueron los que me garantizaron que estaba ejecutada tal y como decían en el proyecto, y no es así.

Eso el ayuntamiento no es el responsable en absoluto, es como si el fontanero te conecta una cisterna de un inodoro por error en agua caliente, el responsable es el fontanero no el ayuntamiento, denuncia si quieres pero mi opinión es que el responsable lógicamente es la constructora y no el ayuntamiento, y mira que no es que me caigan bien los ayuntamientos más bien lo contrario pero no es su responsabilidad en este caso

Pero vamos quizás vete mejor a la categoría de abogados o arquitectos, aquí somos instaladores/fontaneros , suerte

Respuesta

Su pregunta tiene una respuesta rotunda, No, el Técnico municipal ni el ayuntamiento tienen responsabilidad alguna en defectos de ejecución.

La ley de Ordenación de Edificación, define cada uno de los actores y las responsabilidades de estos en el proceso constructivo. Y entre ellos no figura ni los ayuntamientos ni los técnicos municipales.

Los técnicos. Municipales emiten dos informes en toda licencia, uno al solicitar la licencia urbanística, donde una vez comprobado que se cumplen los criterios urbanísticos y se satisfacen las normativas correspondientes, se emite un informe favorable para la obtención de la licencia urbanística. Y cuando se solicita la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, según comunidad autónoma, entonces el técnico municipal visita el inmueble, y comprueba que lo edificado se corresponde con lo solicitado en la licencia. El técnico municipal entonces inspecciona todo el edificio, no. Para solicitar la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, la dirección facultativa emite un certificado final de obra donde se dice que la obra se ajusta en su totalidad al proyecto de obra.

Es responsabilidad de la dirección facultativa, arquitecto y aparejador de obra controlar la ejecución de la obra, jamás del técnico municipal.

No pierda ni su tiempo ni su dinero.

Lo malo, es que la responsabilidad contractual tiene un límite de 15 años, por lo que ya no podrán ejercerla sobre la dirección facultativa.

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