Donación vivienda Castilla la Mancha

Mis padres me van a donar una casa valorada en 120000 €situada en una localidad de Castilla La Mancha.

Me gustaría saber qué impuestos debo pagar en dicha donación y qué problemas legales podría tener.

Me han comentado que tendría que pagar 30000 €, ¿es así?

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No. Usualmente no contestamos a preguntas concretas que requieran cálculos numéricos ya que exigen un tiempo, y tenga en cuenta que esto es un servicio gratuito por el que no obtenemos ningún tipo de compensación.

He revisado la legislación autonómica de Castilla la Mancha en materia de sucesiones y donaciones, y considerando que usted pertenece al Grupo II, por ser descendiente mayor de 21 años (suposición que hago), y considerando que su patrimonio preexistente no será de más de 402.678,11 Euros de la tarifa general del ISD estatal, dado que sobre esta tarifa su comunidad no ha establecido especialidad alguna, y considerando que en el ISD, no hay ninguna parte que este exenta de tributar cuando es un acto inter-vivos, la aplicación de la tarifa del ISD estatal le daría una cuota integra de 15.651,54. Ahora bien, como reúne los requisitos para aplicar la bonificación del 95% establecida por su comunidad tanto para actos mortis causa como para inter-vivos, el importe a liquidar sería de 782,58 Euros.

Para ello tiene que cumplir un requisito adicional previo y otro a posteriori y son :

1) El sujeto pasivo deberá tener su residencia habitual en Castilla-La Mancha y la transmisión deberá formalizarse en escritura pública en la que expresamente deberá constar el origen y situación de los bienes y derechos transmitidos, así como su correcta y completa identificación fiscal cuando se trate de bienes o derechos no consistentes en dinero o signo que lo represente.

2) En las transmisiones de bienes o derechos no consistentes en dinero o signo que lo represente, los bienes y derechos donados no podrán ser objeto de transmisión y deberán mantenerse en el patrimonio del adquirente durante los cinco años siguientes a la fecha del devengo del impuesto.

Se debe de presentar la autoliquidación modelo 651 en el plazo de un mes desde la escritura pública. Si incumple el requisito 2) a posteriori, tendría que devolver la cantidad dejada de ingresar por la bonificación y sus correspondientes intereses de demora.

Si quiere contrastar lo que le acabo de comentar lo podrá hacer en una notaria (a la que deberá de ir para la donación de forma ineludible), o en cualquier oficina liquidadora de impuestos de Castilla la Mancha, que suelen estar ubicadas con el registro de la propiedad en las poblaciones, y en las capitales normalmente hay un edificio específico para ellas.

Ruego valore contestación.

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