¿El alquiler turístico se considera, legalmente, un "fin comercial"?

He visto una oficina que querría comprar para convertir en vivienda. La oficina cumple todos los requisitos de Urbanismo para su conversión, es perfecta para hacer una vivienda.

Sin embargo, en los Estatutos de la Comunidad advierten que las oficinas del edificio tendrán exclusivamente "uso con fines comerciales".

El vecino de la oficina de al lado ya me ha advertido que, si lo convierto a vivienda, me denuncia, porque no quiere tener una vivienda al lado, sólo oficinas. Ha sido él quien me ha mostrado los Estatutos como prueba.

En resumen: no puedo hacer vivienda porque el vecino me denunciaría basándose en la premisa de los estatutos de que el inmueble "sólo puede tener un fin comercial".

Mi duda: ¿Un alquiler turístico se considera "fin comercial"? Porque en tal caso lo convertiría en apartamento turístico.

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