Qué pasa con las deudas anteriores al matrimonio en régimen de gananciales?

Voy a casarme en unos meses en régimen de gananciales. Mi pareja fue condenado antes de conocernos al pago de una deuda de unos 1000 euros. Dice que esa deuda sólo debe pagarla con las cantidades que le salgan a devolver de la declaración de la renta. Me gustaría saber si al casarnos, la parte que le demandó podría reclamarme a mí esa deuda con cargo a la cuenta bancaria de la que soy titular actualmente.

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Mejor no te cases en régimen de “gananciales”. Para esto está la “separación de bienes”. De todos modos, mantén esta cuenta a tu nombre, y no le des firma a el. Tal como cuentas, me suena a que vas a tener problemas financieros con esta persona. Cuidate!

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