I. Hola Salvador, en México no lo sé, pero creo que en España se cobrarían el embargo por los bienes inmuebles, en caso de que la persona no los tenga o sea directamente insolvente, me parece que se permutaría con cárcel, (esto último no lo sé a ciencia cierta),
En mi caso necesitaría conocer más detalles en general, para poderme orientar, disculpe las molestias..
Algunos enlaces que tratan el tema, creo que pueden servir de guía..
https://www.mundojuridico.info/la-pena-por-no-pagar-la-pension-de-alimentos/
https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/Si-tiene-deudas-y-lo-amenazan-con-un-embargo-no-se-deje-intimidar-20170829-0152.html
https://www.mundojuridico.info/la-pena-por-no-pagar-la-pension-de-alimentos/