Centro de transformación fuera de uso

En el edificio contamos con dos centros de transformación, uno de ellos perteneciente a un local cerrado en la actualidad, con lo que el centro de transformación esta digamos, desconectado. ¿Es necesario pasar la revisión anual por empresa mantenedora? ¿O no es necesario hasta que se vuelva a poner en activo?

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Las instalaciones de media y alta tensión es obligatorio que sean revisadas periódicamente por una OCA.

Entiendo que el segundo CT es privado del local, habría que ver si el suministro esta en vigor o esta dado de baja.

De estar dado de baja, es muy posible que el CT este desconectado, en este caso no se revisa.

¡Gracias! Es como dices. El caso concreto es que esta dado de alta y en su día lo asumió la propiedad. Con lo cual, debe pasar revisión anual como tu dices. Lo dice la ITC 05 del REBT sobre revisiones e inspecciones periódicas. Muchas gracias.

Si la luz esta dada de alta, se supone que hay un contrato a nombre de alguien y se le están cobrando facturas.

Es al titular del contrato a quien le toca hacerse cargo de las revisiones.

Los mínimos en un contrato así no debe ser poca cosa. La potencia contratada no debe ser poca y el contador siempre mide un pequeño consumo debido al transformador funcionando en vacío.

El REBT solo se aplica en instalaciones de baja tensión, para media y alta tensión existen otros reglamentos.

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