Venta vivienda mayor de 70 años, IRPF
En el caso de hacer una renta vitalicia en entidad bancaria por venta vivienda persona de 86a por importe de 300000€ ( es su único patrimonio, si bien es cierto que no estaba empadronada en la vivienda) mi pregunta es... ¿se puede solicitar una renta por importe de 100000€? ¿Por ejemplo y tributar por el resto? Como ha sido heredada la casa y el valor que figura en el notario cuando se hizo la transmisión y sucesiones etc... Es unos 160000€, ¿tendría qué tributar por 140000?, y en ese supuesto, ¿podría cómo comentaba anteriormente pagar por 40000€ y RV de 100000?
¿No hay alguna salvedad para este caso?, ¿Dada su edad y que es su único patrimonio para lo que le queda de vida?
Y si una persona esta en una residencia y necesita vender su vivienda para pagar mas si se agrava su estado, ¿al estar empadronada en esa residencia hacienda lo consideraría de la misma forma? La ley es clara pero da lugar a interpretaciones..