¿Como taso mi piso para comprar la parte de mi ex?

Estoy divorciada y vivo en el piso que compramos en regimen de ganaciales. Este piso no tiene hipoteca. Tenemos otra vivienda en la que vive mi ex y que tenemos a la venta, porque asi quiere el. En la sentencia de divorcio, tenemos firmado que cada uno viviria en una casa y tendria hasta un maximo de 8 años de use y disfrute y despues decidir que hacer si vender o quedarse cada uno con la suya. La casa en la que vive mi ex tiene una hipoteca y yo pago el 50%, eso esta solucionado ya que al venderla vamos a liquidarla y quedara zanjada esa parte. Mi pregunta es como aun no han pasado esos 8 años de use y disfrute, ¿al vender la casa donde el vive me obliga a mi a vender ya en la que yo vivo o comprarle su parte antes de los 8 años? Y si es asi, si me quiero quedar en esta casa. El valor de la misma para darle su parte es por el precio de si se hiciera a cualquier particular, es decir a precio de mercado)¿O es por tasacion?

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¿Han hecho ustedes la liquidación del régimen matrimonial?

No.lo que tenemos es la sentencia de divorcio que ahora el dia 31 de Marzo firmamos.perdon por mi ignorancia pero no se lo que es

Nosotros repartimos a partes iguales todo menos las 2 viviendas,en la que el vive es la que tenia hipoteca y en la que yo vivo no.en las 2 figuramos al 50%.

Con la venta de la vivienda en la que el vive,vamos a liquidar la hipoteca y los gastos de la venta y no vamos a sacar mas beneficio para repartir,por eso,lo unico que nos quedara de bienes en comun sera la casa en la que yo ahora estoy.de ahi la pregunta que hice en el apartado anterior,si ya estoy obligada a venderla tambien.si tengo que darle su parte o si aun como quedan 2años( hasta los 8 que firmamos)que aún pueda quedarme yo.si tenemos que hacer ya esa liquidacion la otra pregunt era si el valor de la vivienda seria sobre precio venta mercado y de ahi darle el 50% o si es por una tasación.porque por venta yo se que va a querer engordar el precio y no nos vamos a poner de acuerdo.

Luego a demas tengo otra pregunta.nosotros tenemos una hina mayor de edad en el momento del divorcio y se firmo tambien que al venir a vivir conmigo.él pagaria una pension de 200€ hasta que pudiera tener ingresos suficientes para ella.mi hija a estado con él 2años en su casa,aunque sigue conmigo empadronada y a efectos legales.actualmente esta otra vez en mi casa.durante el periodo que estaba con su padre.él no me ha pasado pension y ahora me reclama a mi que soy yo la que durante ese tiempo(los 2 años) se la tengo que pagar a él.esto es asi legalmente?o le tengo que reclamar ese dinero?

Gracias

1º. Pueden ustedes liquidar buenamente la vivienda donde vive su exesposo, sin que eso afecte en absoluto al resto del patrimonio. Por tanto, usted se quedará en su vivienda en los mismos términos que se acordó, y si faltan dos años, pues dos años que se queda. Lo cual no impide liquidar también esta casa.

2º. El precio, como tal, es algo que pone el mercado o que acuerdan las partes. Se trata por tanto de algo que, por su naturaleza, es voluntario. No está usted obligada por tanto a dar un precio u otro, sino a negociar el mismo y llegar a un acuerdo con su exesposo.

3º. Las cuestiones de alimentos han de cumplirse, como todas las sentencias, exactamente en sus propios términos. Quiere ello decir que su esposo no es nadie para evaluar cuándo debe cumplir una orden judicial y cuándo no. Lo que sí puede hacer es pedir al juez que la cambie; pero si no lo ha hecho, le tiene que pagar todo el dinero desde que dejó de hacerlo, y usted le puede embargar por ello.

Entonces en cuanto a lo de la pension,aunque mi hija haya estado con él esos 2 años viviendo.tenia que seguir pagandome a mi la pension?y tampoco puede reclamarme a mi que sea yo la que se lo pague como asi me solicita?

Su exesposo le debe la pensión de esos dos años. Usted no tiene que pagar un solo céntimo. Las Sentencias hay que cumplirlas, no lo que diga su exesposo, sino la sentencia. Si él considera que no debe pagar nada y que usted tiene que pagarle a él, ha de pedírselo al juez. 5.200 le debe, y usted le puede embargar.

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