Embargo de nómina sin juicio.

Tengo una deuda con una financiera. A través del juzgado he ido haciendo ingresos todos los meses e incluso se me embargo una devolución de Hacienda. No se ha celebrado ningún tipo de juicio. Esos importes los he pagado en el juzgado de forma totalmente voluntaria. Pero mi sorpresa es que hoy tengo una parte de mi nómina embargada. Cuando no se ha celebrado ningún juicio ni se me ha informado de las cantidades que se me van a embargar. Ni que pasa con todos los ingresos que he estado haciendo al juzgado. ¿Es legal hacer eso?

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El procedimiento monitorio por ejemplo, si pasan los 20 días y no te opones, no necesita vista oral (lo que tu llamas juicio) Hay vista oral (lo que tu llamas juicio) cuando hay controversia, cuando hay discusión en la cantidad que se debe por ejemplo.

Todas las cantidades abonadas al Juzgado, constarán como pagadas, y se deducirán del principal adeudado, cuando acabes de pagar la deuda principal, el Secretario practicará la Liquidación de intereses y Tasación de Costas.

Coge un abogado, le pagas por ir al Juzgado, ver los autos, y que te explique las cantidades adeudadas, lo pagado, el embargo máximo mensual que te van a hacer, y cuantas dudas tengas

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