Monitorio por gastos deuda comunidad vecinos

He recibido un monitorio donde me reclaman gastos por una deuda que tengo con la comunidad de vecinos, yo ni me he opuesto ni de momento he pagado, se que el plazo es de 20 días hábiles y todavía no se ha cumplido el plazo. Mi intención es pagar, pero yo no puedo pagar la totalidad en el plazo de los 20 días.

Mi pregunta es la siguiente: ¿Puedo ingresar una parte en la cuenta del juzgado este mes y el resto el mes que viene?. No se, si cuando haces el ingreso en esa cuenta ya aparece el importe total de la deuda o no.

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2ª.-
Requerimiento de pago. Una vez admitida por el Juzgado la petición del monitorio, el Secretario Judicial requerirá al deudor para que pague la deuda en el plazo de VEINTE DIAS hábiles. En este momento pueden ocurrir varias cosas:

  • Que pague el deudor cuando lo requiere el Juzgado; una vez se acredite el abono de la deuda, seARCHIVARÁ el procedimiento.

  • Que el deudor no pague en el plazo de veinte días que tiene, ni se persone en el Juzgado dentro de ese plazo para manifestar los motivos por los que no debe la cantidad reclamada. En cualquiera de estos dos supuestos, se declarará terminado el proceso y el acreedor podrá iniciar la EJECUCIONde esa cantidad mediante el embargo de bienes, nóminas, vehículos, cuentas corrientes, etc.

  • Que el deudor se oponga a la petición del monitorio, personándose en el Juzgado y manifestando por escrito los motivos por los que no debe el importe de la deuda (ya sea total o parcial).

  • Si el deudor no se encuentra en el domicilio que se ha hecho constar en la demanda, la parte actora (acreedor) puede pedir al Juzgado que averigüe su domicilio. Si se encuentra despues de averiguado que el mismo reside en el término judicial, se le requerirá en éste. Si figura en otro partido judicialo no se le encuentra despues de las gestiones el JUICIO MONITORIO SE ARCHIVARÁ

gracias por la rapidez, pero no se si lo he entendido bien. Lo que yo pretendo es pagar una parte en la cuenta del juzgado, pero sin oponerme, y pagar el resto el mes que viene. no se si eso se puede hacer porque al hacer el ingreso en el banco a la cuenta del juzgado, salga el expediente con la cantidad total y no me admitan el pago parcial.

gracias de nuevo, quedo a la espera de la aclaración

Lo he buscado buscado en Internet.

Ve al juzgado y pregunta.

Ya siento no aclararte.

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