Es necesario que en la herencia se indique textualmente la nuda propiedad sobre una vivienda?
Somos 4 hermanos y por herencia nos han dejado nuestros padres un 25% de plena dominio de una casa, pero a dos de ellos, se le mejora mediante el derecho real de usos de habitación "Que los padres querían ordenar el legado del derecho de habitación sobre la totalidad de la casa, y por tanto, querían legar cada uno de ellos dicho derecho sobre la totalidad de la participación que tuviera cada uno sobre dicha casa" transcrito textualmente de la Liquidación de sociedad conyugal y adjudicación de herencia.
La preguntas en si son dos.
- ¿Existe nuda propiedad en el caso de mi hermana y el mio?, que no somos beneficiarios del derecho real y que no vivimos en dicha casa, echo este que si lo hacen mis hermanos al ser su domicilio habitual.
- ¿Tenemos qué tributar el IRPF por la parte que nos toca? (¿25% )?
Significar que el el registro de la propiedad viene indicado en "cargas" dichos derechos de habitación.
2 respuestas
Respuesta de Magda G.
Respuesta de Pedralbes Abogados
-1