Si un heredero no solicita las últimas voluntades, ¿El notario se pone en contacto con el para notificarle que hay testamento y
Mi caso es un testamento en el que a los dos hijos se les ha otorgado únicamente la legitima. Imagino que habrá impugnación por su parte. Lo que me interesa saber es primero, si estos herederos no solicitan últimas voluntades, ¿son llamados por el notario?
Y la siguiente pregunta es que en el testamento se refleja el inmueble A para el hijo Pepito, y el inmueble B para el hijo fulanito (legitima). Y los inmuebles B y C a partes iguales para dos nietos.
En testamento no figura el valor de los inmuebles, en el caso que los hijos digan que la legitima se queda corta, ¿cómo se valoran los inmuebles? ¿Con el valor catastral? ¿Y si se diera el caso que es menos de la legitima legal como se subsanarla el fallo? ¿Con dinero? Podría un nieto en el caso de impugnación de algún hijo, ¿contra atacar en el sentido de abandono por parte de hijos a padres?