La consulta es la siguiente, las ordenes de búsqueda y detención internacional paralizan la prescripción

Una prescripción que vencería en diciembre del 2018, recibe una orden de detención internacional en marzo del 2018, dicha orden paraliza la prescripción y empieza a contar de 0, o no interrumpe y sigue prescribiendo en diciembre.

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Las órdenes de búsqueda son actos policiales, no judiciales, y por tanto en nada afectan a la prescripción. El cómputo arranca desde la fecha de prescripción del delito, o bien, en caso de que haya un procedimiento judicial en marcha, desde la fecha en que este colapsó por inasistencia del acusado. Por lo tanto, la prescripción no ha sido interrumpida.

Pero qué es esto. No entro en interlocución con quien no me califica la respuesta de "excelente". Le deseo que den con usted y pague por lo que ha hecho.

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Las órdenes de búsqueda, captura y detención nacional o internacional siempre la dicta la Autoridad Judicial, es decir, un Juez, nunca la policía. En cuanto a la prescripción, no le afecta esa orden.

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