Duda si puedo salir del país si he sido detenida y condenada por estafa.

He sido detenida por delito de estafa, y llegamoa a un juicio rápido, me condenaron 4 meses por no tener ningún antecedente por ser la primera vez que me pasa todo esto (no entré en prisión) y tengo una sentencia que pone suspensión de la pena privativa de libertad durante dos años ( y si vuelvo a delinquir se puede reanudar y cumplir la sentencia), mi duda es que si puedo salir del país de vacaciones, ¿antes de que terminen esos dos años de sentencia? Y qué debo hacer después de dos años, ¿se cerrará el caso?

2 respuestas

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Usted tiene que hacer lo que le han dicho. Si la autoridad judicial no le ha prohibido salir de España, irse de vacaciones o no le ha obligado a entregar el pasaporte, es muy libre de hacer lo que le parezca bien. Las prohibiciones no se suponen, sino que tienen que ser explícitas. Vaya usted donde quiera y disfrútelo. Se lo merece.

¿Al pasar en las aduanas del aeropuerto verán ese antecedente que tengo? ¿Y no me detendrán?

Y otra duda que tengo, es si psados los dos años que me dijeron que me sentenciaban sin cometer ningún delito se cierra automáticamente el caso, ¿o tengo que acudir a otro juicio?

No suelo interactuar con personas que no califican mi respuesta como "excelente", pero haremos una excepción.

En los ordenadores de la policía solo constan las alertas con respecto a una determinada persona, de forma que proceda la detención inmediata, lo cual no es en absoluto el caso. Si un policía la para a usted sin una orden judicial, el lío sería mayúsculo (para el policía). Váyase tranquila.

El caso se cierra "automáticamente", como dice usted. No hace falta ir a ningún otro juicio, comparecencia ni hacer absolutamente nada.

¡Gracias! perdona soy nueva en esto.pero me ha ayudado muchísimo.Muchísimas gracias.

hola de nuevo. tengo otra duda, qué significa con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales? 

Significa que usted no puede presentarse a las elecciones, y que le pueden pasar una facturita por las costas judiciales (lo cual no es muy probable).

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Si ya has sido condenada y no se te aplica ninguna medida accesoria, no hay problema en que salgas de vacaciones, incluso que te vayas a vivir a otro país.

ya pasaron los 4 meses de condena que me dieron, pero los 2años de suspensión de la pena privativa de libertad sigue verdad? 

qué significa con la accsoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales? 

gracis. espero que me pueda ayudar de nuevo.

Si la condena fue de 4 meses y has cumplido, no tienes ninguna deuda pendiente. Lo que comenta de los 2 años no es una suspensión de condena, puesto que esta fue de 4 meses, se trataría por tanto de evitar reincidir en esos dos años y una vez transcurrido ese tiempo, solicitar la cancelación de los antecedentes penales y policiales.

La pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, no es otra cosa que la imposibilidad de poder presentarse a cargo electo (concejal, diputado, etc.). El pago de las costas procesales es lo que ha costado su proceso, tasaciones, periciales, notificaciones, letrado...

esos pagos lo tengo que pagar yo? pero no pone ninguna cantidad en la sentencia. 

Debería de ponerlo en la sentencia, si no es así, no se preocupe, salvo que llevase abogado de oficio y procurador, y se comprobase que no tiene derecho a justicia gratuita.

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