¿Es legal lo que me propone mi hermano, en cuanto a una herencia?

Mi hermano y yo, heredamos al fallecer mi padre un piso amplio situado en Madrid. Hace unos meses mi hermano que contrajo matrimonio y debido a problemas económicos me propuso, que yo renunciara a mi parte de dicha propiedad y que mi madre a cambio me dejara en el testamento la totalidad del piso familiar donde residimos, renunciando él a dicha parte.

Es decir, que renunciara a mi parte de la herencia (el 50% de una casa) a cambio del 100% de una segunda propiedad que quedaría para mí, al estar así reflejado en el testamento de mi madre. De esta manera, al vender el piso objeto de la herencia (el del 50%) y quedarse él con todo lo obtenido, se podría comprar una casa propia.

En la actualidad, yo vivo con mi madre (en la casa que me quedaría al 100% a mí), pero cuanto más vueltas le doy, menos me convence la idea y ni siquiera sé si este reparto se puede hacer, pq al fin y al cabo renuncio a una propiedad tangible, por una futura herencia. Gracias y perdón por la extensión de la pregunta, pero no quería omitir datos, en la medida de lo posible y ahora me está insistiendo en una respuesta.

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Su hermano (como todo el mundo) puede negociar con lo suyo, y no con lo de los demás, en este caso con lo que decida su madre en relación a su propio patrimonio, el de ella, y cuál va a ser el destino del mismo tras su muerte. No conviene mezclar cosas de vivos con la de los muertos, por lo que su hermano le ha propuesto: 1. Que usted le regale a él una propiedad. 2. Que a cambio, su madre, que está viva, le entregue mediante un acto personalísimo (el testamento) sobre el que su hermano no tiene nada que decir y que su madre puede cambiar cuando quiera, una casa cuya propiedad nacerá tras una muerte que no se sabe cuándo se va a producir y si no será tras la de ustedes mismos. 3. Que, además, él va a destinar la propiedad que usted le regala a la venta, obteniendo así liquidez inmediata. 4. Que aunque se cumpliesen todas estas condiciones y su madre se muriera antes que ustedes y otorgase testamento en su favor (en el de usted) él renunciaría a la herencia o, lo que es más extravagante: no reclamaría su porción legítima. Encima, nada de esto lo puede otorgar por escrito, porque están prohibidos los pactos sucesorios si no hay un muerto de por medio. Usted sabrá: ya está advertido.

¡Gracias! por su respuesta, comentarle que el único que tiene dudas soy yo, ya que a mi madre, le parece una buena solución al problema de liquidez de mi hermano.

Entonces que su madre le haga una donación ya, de su propia casa (puede salvaguardar el usufructo) como bien no colacionable, firmando también su hermano. En el mismo acto, puede usted firmar la escritura de renuncia de herencia en favor de su hermano. Ni se le ocurra entregar su 50% sin contrapartida que conste en escritura notarial.

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