¿Se puede revocar una donación?

Mi madre dono el 50% de la nuda propiedad de una casa a mi hermana y el otro 50 % a mi, quedándose ella (mi madre) con el usufructo vitalicio. Esto se hizo cuando yo era menor de edad, y hay unas escrituras que yo aun no he sacado a la luz, en la que mi madre hace esta donación si mi hermana cuando yo hiciese los 18 años me daba ese 50 % de la nudad propiedad.

El problema surge cuando mi madre hace dos años por unas circunstancias(le quitaban un sueldo que le daban) dona el usufructo a mi hermana, adquiriendo ella la Plena propiedad de la casa, ya que aun estas escrituras de deuda que tiene mi hermana conmigo no están sacadas a la luz.

Ahora mi madre quiere revocar la donación ya que su voluntad es que tengamos las dos hijas lo mismo, el 50 % de la casa y que no exista ningún usufructo.

A mi no me interesa sacar esas escrituras a la luz porque mi hermana me daría el 50 % de la nuda propiedad quedándose ella el usufructo, que al tener solo ella 40 años, yo me quedaría con aprox un 25 % de la casa. Por eso queremos intentar revocar esa donación. ¿Se puede hacer? ¿Se puede revocar ya que mi madre aun esta en vida y es la voluntad de ella?

Mi hermana no quiere hacer nada, quiere dejar todo como esta, porque me dice que cuando mi madre muera me va a dar el 50 % y que no me fio de ella. Y si saco a la luz todo, me paga solo la deuda de estas escrituras ocultas en dinero y encima como ella tiene el usufructo ya no me dejaría ni entrar en la casa.

¿Cómo podemos hacer para tener las dos el 50% de esa casa?

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¿A qué llama usted "escrituras no sacadas a la luz"?

Estas escrituras se hicieron cuando mi madre dono a cada hija el 50 % de la nuda propiedad y ella se quedo con el usufructo.Es una escritura de reconocimiento de deuda.Mi madre puso la condición en esa donación de;

1ºReconoce adeudar a su hermana(yo) la suma de ( ) dinero que es en lo en estos momentos esta tasado la nuda propiedad, como consecuencia de la donación formalizada a favor de mi hermana.

2º Dicha deuda se compromete a cancelarla una vez tenga yo la mayoría de edad ,mediante la cesión o donación de la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble donado a favor de mi hermana.

Yo digo sacar a la luz,porque mi 50% todavía en Hacienda no figura nada,es decir que mi hermana ahora en hacienda es la plena propietaria.Y sacar a la luz era poner ese 50 % también a mi nombre,pero no se hizo porque confiaba en mi hermana y me daba igual que no estaría registrado,pero ahora quiero que quede todo bien hecho.

Hacienda nada tiene que ver con el Registro de la Propiedad, que es donde constan las titularidades y cargas que tienen las propiedades inmobiliarias.

Acuda al Registro de su localidad y pida una nota simple de esa vivienda y así verifica como está a día de hoy y qué cargas y gravámenes tiene la misma. Deberá acudir también a la notaría donde se firmaron dichas escrituras y pedir una copia autentificada.

Le aconsejo, para ejercitar sus derechos, que acuda con toda la documentación a un Abogado para que él con las escrituras en la mano, vea qué acciones se pueden interponer.

Ruego cierre y valore

El notario nos ha dicho que estas donaciones son donaciones colacionables ,(porque no dice que No lo sean en la donación) y por tanto mi madre en el testamento puede poner el % que deja de esas donaciones porque se sumarían a los bienes que tiene en el momento de morir.

Me ha dicho también que solo puedo a través de una demanda ejecutiva de titulo no judicial ARTs17 Lec pedir el 50% de la nuda propiedad ahora,y que si la pido una vez muerta mi madre seria el 50 % de la plena propiedad porque el usufructo desaparece cuando muera mi madre ,no mi hermana.

Eso si me ha dicho ,que acuda a un abogado porque el no sabe si esta donación transcribe al de 4 años y entonces yo ya no podría hacer nada,me quedo sin mi 50% de la casa.Bueno al menos mi madre si en el testamento pone que mi hermana me de el dinero del 50% de la donación que hizo.algo me queda aunque sea el dinero y no el bien.

Esto es correcto? Ahora me queda ir al abogado para enterarme si esto transcribe.Sino transcribe el notario también me digo que era mejor hacerlo una vez morir mi ama ,porque si meto a mi hermana a juicio si conseguiría ese 50% de la casa pero como ella aun tiene el usufructo no me dejaría ni entrar,en cambio una vez muerta mi ama yo tendría el 50 % de la nuda propiedad.

Yo le aconsejo, ya que por imperativo legal tendrá que presentar oligatoriamente un procedimiento judicial por medio de Abogado y Procurador, que acuda al despacho de un profesional y con toda la documentación encima de la mesa, le pueda decir cuáles son las acciones que se pueden o no se pueden llevar a cabo y contra quien.

Ruego cierre la pregunta

Espero solucionarlo sin tener que ir a juicio,porque estos temas no son muy agradables y por una tontería no quiero terminar a malas.Pero de todas formas muchas gracias por todo.

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