Modificación estancia de estudios a trabajo por cuenta ajena
Para la modificación de la estancia de estudios a trabajo por cuenta ajena la extranjeria de Madrid nos pide que el empleador debe acreditar que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria mediante la declaración del irpf, o el iva, o el impuesto de sociedades, o el informe de la vida laboral de la empresa referido a los 3 últimos años.
La empresa que me quiere contratar solo tiene 2 años, y solo tiene la declaración no del irpf del año 2016, porque el de 2017 no lo puede sacar hasta el mes de julio.
En extranjeria me pueden aceptar la declaración de solo un año ( 2016).
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Respuesta de Tolentino Abogados Extranjería e Inmigración