Me han concedido judicialmente, la incapacidad permanente total, por enfermedad común, cuando es por accidente initinere.
Me ha sido concedida la incapacidad permanente total, por enfermedad común, a través de un juzgado de lo social de Barcelona, cuando se lo comenté a mi abogado, que porque, no era por accidente, ya que el disponía de toda la información, pues viene derivada de accidente de trafico initinere, según informes de forense y juzgado, que llevo el accidente de trafico. Me comenta que ya no se puede hacer nada, por lo cual no puedo cobrar la póliza de seguro, correspondiente a mi convenio laboral, y la base reguladora es muy inferior, ¿qué puedo hacer?
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Respuesta de Alamos Abogados
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