¿Me pueden obligar a poner aire acondicionado por conductos?

Hace unas semanas me instalaron el aire acondicionado en el piso donde vivo alquilado, un aparato de split con el compresor instalado en la terraza, la cual da a un patio común entre los dos edificios de la comunidad.

La propietaria me dio permiso y hablé con la administradora, la cual me dio el visto bueno a la instalación, pero ahora lo niega, además hay un vecino que lo tiene instalado igual, aunque me dicen que está demandado, por ello ahora la comunidad me dice que debo quitar el aparato, que está prohibido en los estatutos.

La comunidad tiene preinstalación para aire acondicionado por conductos, y 3 instaladores me han confirmado que dicha instalación no es valida para aire acondicionado por split.

Mi pregunta es si, teniendo la comunidad la preinstalación para conductos, me pueden obligar a poner dicho tipo de aire acondicionado si quiero disfrutar de él. Teniendo en cuenta la diferencia económica y que llegado el punto de tener que cambiar de piso, el aire acondicionado de split siempre puedo llevármelo a mi nueva vivienda.

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Lo único que pueden obligarte, es a poner la condensadora de tu aire acondicionado en la azotea.

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Dentro de tu casa puedes hacer lo que consideres oportuno, nadie (excepto el propietario) puede obligarte a nada. Tal y como comenta David Cifuentes, lo que SI puede hacer la comunidad es OBLIGARTE a poner la unidad exterior en la cubierta del edificio. Seguramente la preinstalación y el espacio para instalar las máquinas y pasar las líneas frigoríficas ya esta preparado.

Ten en cuenta que la unidad exterior es exactamente la misma tanto si instalas aire por conductos o un splits tal y como tienes tu.

Según la distancia entre unidad interior y exterior podrás instalar una u otra máquina, podría pasarte que, según la distancia que tengas entre maquinas, la que tienes instalada no funcione correctamente por la capacidad del compresor.

En la práctica totalidad de ordenanzas municipales de Ayuntamientos está prohibido instalar Aires Acondicionados en fachadas. Aparte cada comunidad tendrá sus propios estatutos.

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Aclaremos las cosas.

Si la comunidad tiene preinstalavion de sire avondicionado, es ligico y normal que no le permitan esa instslavion que ha hecho usted, y que de entrada debería su casero haber solucitado permiso a la vomunidad, y esta por 3/5 de síes lo podría haber instalado.

Por lo cual instala un aparato en la terraza que es zona vomun.

La propietaria ni la administraccion, no son nadie para dar permiso, y el que exista un precedent, no le autoriza hacer lo que usted desee.

Concludion; vaya quitando la unidad exterior y se evitsra ir a un juicio que lo tiene perdido de antemano

Buenas, gracias por la respuesta.

Lo que me dice ya lo se, pero en cuanto a lo que pregunto, veo que entonces si quiero tener aire acondicionado en casa, debe ser por conductos (centralizado), salvo permiso expreso por mayoría de la Comunidad, ¿no? Por lo que de no conseguir dicho permiso, me quedo sin aire acondicionado, no tengo derecho a él, salvo que realice el pertinente desembolso económico mayor que supone el aire acondicionado centralizado, que además teniendo en cuenta que es en un piso alquilado, posiblemente luego no pueda llevármelo en caso de cambiar de piso.

No es necesario unanimidad, es necesario 3/5

Es lógico que usted este molesto, pero usted tiene que tener en cuenta que la comunuidad como propietaria aprueba lo que a ella le interesa, y como usted es un inquilino, o se adapta a las normas o busca otro piso de alquiler.

Lo normal cuando se alquila un piso es alquilarlo con todas las ventajas, y cuando usted vio la vivienda debería haber exigido al propietario su instalación.

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