Mas bien y siendo ud parada de larga duración, será que el ayuntamiento no le pueda cobrar. Ya los ayuntamientos por norma general, no se hacen cargo directo de algunas multas, pasando o delegando la gestión al Servicio Provincial Recaudación y Gestión Tributaria que depende a su vez de la diputación provincial y suele absorver a casi todos los municipios de la provincia y con oficinas en cada uno, (generalmente). Estos podrán requerirle al pago e incluso por demora subir un tanto el valor..., pero se puede hablar con ellos, explicar la situación y acordar el pago en unos mínimos mensuales. Esto lo he visto yo con débitos de tributos. Si aún así no pagase, raro sería que procedieran el embargo porque pueden esperar y subir intereses, pero poder pueden.., y directamente sin pasar por nadie ordenar se embarguen las cuentas y cantidades ingresadas y las que se puedan ingresar. Sería aconsejable que se ponga en contacto con ellos, ( y si lo llevase directamente el ayuntamiento, con este entonces), y aportar pruebas de ser parado de larga duración, lo que no eliminará la multa, claro, pero puede "apaciguar " y facilitar la solución.
Si la pregunta concreta es solo si pueden ..., obviamente si. Si pueden.
Un saludo y suerte.
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