Cancelar la hipoteca de mi vivienda habitual y después ponerla en alquiler vacacional

Estoy pensando cancelar el resto de hipoteca en mi vivienda habitual (casi unos 9000€) ahora en junio y después trasladarme a una segunda vivienda y alquilar está como vacacional durante julio y agosto. Mi duda es ... Podría desgravarme igual los casi 9000€ en la renta del año próximo, ¿ya qué los he pagado mientras residía allí? Tendría que desgravarme solo la mitad, ¿o nada? La vivienda tiene la autorización de licencia turística de la CA concedida desde abril, así que por ese lado no habría problema.

1 respuesta

Respuesta
1

Si su vivienda es de antes de 2013, y los importes pagados lo hace mientras que es su residencia habitual, no veo inconveniente a que deduzca la totalidad, siempre que no exceda de 9040 euros. Declararía que dicha vivienda ese habitual por los meses que sean y que ha tenido otro uso, por el alquiler de los dos meses, y el resto de tiempo lo pondría como vivienda a su disposición con imputación inmobiliaria, dado que al 31/12 ya estará en su nuevo domicilio que indicará en su renta del ejercicio siguiente.

Gracias!!! Era lo que yo pensaba, pero con Hacienda nunca te acabas de fiar....

Asi, pues, la desgravación de 9040 no tiene que estar vinculada a un año entero, bastaría con que se pagara en p.e. 6 meses siempre y cuando durante ese periodo fuera la vivienda habitual. ...y durante julio y agosto, debería empadronarme en la otra casa y  a partir de septiembre, podría volver a ser vivienda habitual...es correcto?

Si en Setiembre vuelve a ser vivienda habitual, no parece relevante que cambie de empadronamiento por sólo dos meses. Simplemente su vivienda habitual lo será por 10 meses y dos habrá estado alquilada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas