¿Es incompatible aplicar jornada intensiva a una jornada reducida por cuidado de un menor?
Mi convenio es de consultoria y estudio de mercado en Madrid, tengo reducción de jornada por cuidado de un menor, y mi empresa en agosto por primera vez a empezado a aplicar jornada intensiva a mis compañeros que realizan 40 h semanales.
Su reducción implica, reducción a 36 h semanales, y que se van 50 minutos antes a su casa, siendo este tiempo pagado por la empresa.
Yo he consultado con personal, por qué no se me aplica en proporción la jornada intensiva. Y me han dicho que no se aplica, al no realizar 36 h semanales. Por más que releo tanto el convenio colectivo como el estatuto del trabajador, no viene nada especificado, pero en ningún caso explícitamente que no se aplique a personal con jornada parcial. Y en el estatuto en el párrafo, 12.4 d) viene que debemos tener los mismos derechos jornada parcial que completa, y en su caso la aplicarse de manera proporcional a nuestro tiempo de trabajo.
Me podéis informar un poco, su no taxativo sin argumentos y sin quererme dar esto por escrito, me ha cabreado aún más si cabe.