Valor de continente en seguro asociado a hipoteca según tasación
Recientemente he encargado una tasación para poder solicitar una hipoteca para un piso. Bueno, en realizada la solicitud ha sido gestionada a través de la sucursal de la entidad (Caja Rural de Navarra) donde estoy negociando la hipoteca. Una de las vinculaciones que me exigen es la de contratar un seguro de hogar (Seguros RGA).
Acabo de recibir la tasación realizada por CATSA y entre los valores que he observado está el que se denomina como "Valor mínimo a cubrir por el seguro". Dicho valor es de 124.000€. Se trata de un valor, por lo que veo en la tasación, obtenido de de restar los siguientes conceptos:
Valor seguro = Valor por Comparación ajustado - valor suelo
Según la tasación el Valor por Comparación ajustado resulta ser igual al Valor por Comparación.
Según el gestor que me lleva la solicitud de la hipoteca esa sería la cantidad por la cual debería asegurar el continente del piso. En principio me llamó la atención ya que el valor sugerido en diversos simuladores (y por el propio de RGA) en su día se aproximaba más a la mitad de dicha cantidad (60.000€).
Básicamente quisiera saber si dicha indicación es cierta/correcta (cierto que según la denominación de la tasación todo apunta a ello, pero quisiera estar seguro dada la diferencia con la estimación inicial).
En alguna consulta simular he leído acerca de que el valor a considerar pueda ser el valor de reconstrucción/reposición, aunque en mi tasación no encuentro una denominación similar. El apartado de cálculo de valores técnicos donde creo que debería aparecer es bastante escueto y resumido en comparación a ejemplos de tasaciones que he visto online. Hay un valor denominado simplemente como Valor M Coste que, por lo que he podido deducir a base de pruebas saldría de :
Valor M Coste = Supercie CCC Comprobada x VRBf/VRN
Para el valor VRBf/VRN parece que se tienen en cuenta los siguientes valores (aunque no se explica cómo y sus nombres completos):
Repercusión del suelo
C. Conts.
G. Neces.
%Df+fu
Dicho valor es aun superior al del "Valor mínimo a cubrir por el seguro".