Es cierto que Andorra no se considera paraíso fiscal porque hay intercambio de información. Pero para localizar la sede de una sociedad, hay que tener en cuenta diversos parámetros que indica la Ley del impuesto de Sociedades, por citar alguno, dónde radique su mayor inmovilizado, pero siendo el más importante, dónde se ejerza la labor efectiva de dirección de la misma. Por lo tanto, si la dirección efectiva no está en Andorra, puede tener problemas, sólo hay que citar la sentencia de Aranxta Sanchez Vicario, que al vivir en Barcelona, y estar al lado de Andorra consideraba fácil poder demostrar la residencia allá y le cayó una multa que terminó por arruinarla. Mola mucho asesorar este tipo de cosas, pero hay que ser serio, usted tiene que tener en cuenta que de sus beneficios Hacienda en el IS percibe el 25% porque no se trata de gran empresa con ingeniería fiscal, y por lo tanto, si su negocio no da margen para ese bocado, en el fondo no es un negocio viable. Por ejemplo si su rendimiento neto por la sociedad es de 20.000 Euros, sabe que Hacienda quiere 5.000 por lo que su rendimiento real es de 15.000 y asi lo tiene que considerar desde el principio, si este importe no es suficiente para compensar su actividad empresarial por los riesgos que conlleva porque al final parece un mil eurista, entonces, este negocio no puede ser viable, porque otro planteamiento es jugar en el alambre y mientras que estás arriba todo va bien, pero en cuanto te caes, la hostia será más grande dependiendo de la altura en la que te encuentres.