¿Usufructo pareja de hecho sin testamento?

Les comento mi situación. Mi suegro falleció hace un par de semanas sin dejar testamento. Él estaba divorciado y tenía una novia, con la cual nos acabamos de enterar que se habían registrado como pareja de hecho. Vivimos en Baleares y, al parecer, aquí se equipara, en materia de derecho sucesorio a la pareja de hecho con el matrimonio.
La única herencia que hay es un piso, ¿su pareja de hecho tiene derecho al usufructo del mismo? ¿Del 100% o hay un porcentaje? Y si es así, los herederos (¿son 2 hijos) pueden decidir conmutárselo?

1 respuesta

Respuesta

Si efectivamente la pareja de hecho está equiparada al cónyuge el usufructo que le corresponde es: En concurrencia con descendientes, la legítima vidual será el usufructo de la mitad del haber hereditario; en concurrencia con padres, el usufructo de dos tercios, y, en los otros supuestos, el usufructo universal.

Gracias. Mi duda es , ¿cómo se traduce es mitad? Quiero decir, si ella alquila el piso, ¿la mitad le corresponde a ella y la otra mitad a los hijos??

La otra duda que tenemos es que nos estamos planteando conmutar el usufructo, entregándole una cantidad de dinero , ¿ella puede negarse a ello?

Heredar el 50% del usufructo puede carecer de interés económico, si los herederos del otro 50% y del 100% de nuda propiadad deciden dejar la casa cerrada, esto puede ser un argumento para convencerla de que reciba el precio de su usufructo. Es conveniente a efectos fiscales que todo eso se haga en la escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Efectivamente si le adjudican el 50% del usufructo y se alquila ese inmueble, habrá que repartir los aluquileres en función de la cuota de cada usufructuario.

Y sería posible que uno de los hijos quisiera ir a vivir a la vivienda aprovechando el 50% libre de usufructo?

Sin permiso de la usufructuaria del 50% no; lo lógico para esa opción es que se fijara un alquiler y el inquilino pagará el 50% de esa cantidad a la usufructuaria y el 25% al otro usufructuario.

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