¿Es posible cambiar la titularidad de un préstamo hipotecario a nombre de una sociedad que estamos dando de baja?

Actualmente somos cuatro socios que tenemos concedido un préstamos hipotecario a nombre de una S.L. Con cuatro socios avalistas ( con viviendas y nómina como aval) y a nombre de una sociedad que estamos en proceso de dar de baja definitiva y que lleva sin actividad varios años. Nos gustaría saber qué opciones existen para que uno de los socios de pueda desvincular de ese préstamo pagando la cantidad que le pertenece ( el préstamo es de un total aprox de 115.000 €). ¿Qué alternativas existen? La problemática es que cada socio tiene una situación personal diferente ( uno tiene trabajo, otro no, dos son pensionistas...). La opción que nos han propuesto es ir a otro banco y conseguir el dinero para hacer frente a este cada uno por su cuenta pero eso presenta dos posibles problemas: uno de ellos es que el préstamo que nos concedan a cada uno no sea hipotecario y por tanto la cuota y el interés sea muy alto y otro que a alguno de los socios no le concedan ningún préstamo. ¿Qué opción tenemos para que este socio de desvincule y pague su parte?

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Ustedes tienen una situación compleja y deben ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Una sociedad no se puede liquidar si hay deudas... y si lleva tiempo sin actividad, la entidad financiera no les facilitara el cambio a otro tipo de créditos, pues tiene como garantes (avalistas) a los socios.

Si tienen un crédito hipotecario, entendemos tienen algún bien, por lo tanto, puede que la mejor opción sea vender y liquidar el préstamo... así se quitan de problemas.

Si lo que quieren es mantener el bien y seguir pagando, al ser avalistas solidarios normalmente, tendrán complicado el pagar uno de los socios su parte, pues la entidad le podría reclamar si los otros no pagan... Y dependerá de muchas circunstancias que otra entidad les conceda créditos personales a los socios para el pago de este crédito hipotecario.

Para que le concedan un crédito hipotecario usted ha de ser el titular del inmueble, sino es imposible que le concedan un hipotecario, pues no se puede inscribir... Por lo tanto, un socio no puede pedir un hipotecario para un bien de la sociedad.

MUchas gracias por la respuesta.

Entendemos que la situación es compleja.

El préstamos hipotecario no va contra los bienes de la empresa sino de los socios ( la empresa ya no tiene ningún bien), por tanto nuestra intención no es vender ningún bien, ya que se trata de las viviendas de los socios.

POr ello , la opción que vemos más factible es pagar la parte de uno de los socios y desvincular su casa como aval, siempre y cuando ese socio desapareciese de ese préstamo ( entendemos que esa situación es complicado que el banco la conceda) Y otra posible opción es que cada uno consiga el dinero por su cuenta y liquiden el préstamo con ese banco, pero para ello me gustaría saber si es posible obtener cada socio préstamos hipotecarios por separado. El problema es que no quieren acojerse a un préstamos personal porque el plazo de pago es de un máximo 8 años con un interés del 8% y actualmente el préstamo hipotecario es a 15 años con un tipo de interés del 2%-

Gracias por su ayuda.

Deben ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Usted indica que hay un crédito hipotecario a nombre de una sociedad, con los socios como garantes-avalistas. Pero ahora indica que la sociedad no tiene bienes, sino que se trata de las viviendas de los socios... Esto no es una situación poco habitual...

Para que una entidad conceda un préstamo hipotecario, el bien debe estar a nombre de quien solicita el crédito. Como parece que efectivamente se trata de viviendas de los socios, se podría solicitar cada uno su propio crédito hipotecario...

La cuestión es que hay que cancelar el préstamo que tienen de la sociedad y por lo tanto, si no tienen todos concedidos el crédito hipotecario - como personas físicas - no podrán cancelar... y por lo tanto, no podrán darles el hipotecario como personas físicas.

La entidad que tiene el crédito hipotecario actual, puede cancelar parcialmente, pero como ya le hemos indicado, ustedes normalmente serán avalistas solidarios (todos responden por el todo) y por lo tanto, si no cancelan totalmente aunque usted pague su parte, le podrían llegar a reclamar si otro no paga...

Lo tienen complejo, aunque siempre se puede intentar negociar con la entidad... una vez tengan claro que no le conceden un hipotecario a alguno de los socios.

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