Deudas en Sociedad Limitada (II)

De nuevo en relación a mi primera pregunta que fue esta:
Hola. A ver si me pudiera ayudar, le expongo mi problema. Soy socio de una empresa sociedad limitada. Yo no soy el administrador. La sociedad tiene una línea de crédito (póliza de crédito) con un banco a pagar en cuatro años. La empresa no está funcionando tan bien como esperábamos, pero otra persona me ha ofrecido comprar mi parte.
Mi pregunta es: ¿Si vendo mi parte de la sociedad, la sociedad se hace cargo de la deuda de la linea? ¿O soy yo como uno de los socios iniciales a los que les corresponde pagar la parte que le correspondía inicialmente de la deuda?
¿Podrían embargar algún bien mío particular como vivienda o vehículos, en el hipotético caso de que la empresa quebrara, tanto si sigo siendo socio como si no?
Muchas Gracias de antemano por su tiempo.
Y a su respuesta:
Hola.
Depende de como se avalase la línea de crédito del Banco.
Si se avaló con bienes de la empresa, puedes vender sin ningún temor a que te embarguen nada, ya que en caso de quiebra el banco solo podrá reclamar bienes de la empresa.
Si firmaste un aval, junto con otros socios, con tus bienes personales, entonces el banco podrá embargarte tus bienes en caso de impago, aunque tú ya no seas socio de la empresa. Además, la responsabilidad en este caso es solidaria, el banco embargaría lo que le resultase más fácil independientemente del porcentaje de participación de cada socio. El socio embargado tendría que reclamar a posteriori contra el resto de socios.
En caso de que no se haya utilizado la línea de crédito, puedes vender y notificar, mediante burofax, al banco para que te excluya como avalista.
Suerte.
... Mi situación es la siguiente: la línea de crédito del banco no fue avalada por ningún bien particular de los socios, de lo que deduzco se avaló con bienes de la empresa, (lo ignoro porque de eso se encargó otro socio). Tan bien hay un préstamo personal a nombre de todos los socios de la sociedad. En relación al dinero de la línea de crédito sí ha sido usado, y el del préstamo también. Comunicando que abandono la sociedad al banco por la venta de mis participaciones a otra persona, ¿sería esto motivo suficiente para que el banco no emprenda acciones legales contra mi?
¿Hay alguna formalidad legal de que quede claro que si vendo mis participaciones, el comprador se hace cargo de los pagos de la línea y préstamo?
¿Qué es un concurso de acreedores?
¿Cuándo las cosas no cumplen las expectativas, que es lo mejor para hacer?
Muchas gracias de antemano por su atención, me está siendo de gran utilidad

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Siendo S.L. y linea de crédito sin aval personal (deberías haber firmado el aval) el banco no efectuará ninguna acción legal contra ti ni contra ninguno de los socios. Eso si, si pueden ir contra el Administrador si se ha cometido alguna irregularidad. O sea, que puedes vender tus acciones tranquilamente y no es necesario que lo notifiques al bando.
Un concurso de acreedores no es más que un plan de pagos, donde la empresa puede retrasar pagos y se aprovecha de una serie de ventajas fiscales. El objetivo del concurso es ayudar a reflotar la empresa y, en el pero caso, realizar un cierre ordenado donde quede plasmado donde va a parar el dinero de la liquidación de la empresa y, demostrar así, el buen hacer del Administrador.
Si no se puede pagar lo mejor es solicitar concurso de acreedores, cuanto antes se haga más probabilidades de reflotar hay.
Permíteme un consejo, si por tus participaciones no te pagan mucho dinero, quizás no te merezca la pena venderlas. Aguantalas, si reflota saldrás ganando y si se hunde perderás poco. Más difícil es que te toque la lotería.
Suerte

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