Puedo registrar una cancelación de préstamo hipotecario.

La pregunta es la siguiente tengo una propiedad en la que en el préstamo hipotecario estoy como deudor junto tres socios más, la propiedad es mía a 50% en bienes gananciales por adjudicación de extinción del condominio. ¿Puedo pagar el préstamo y registrarlo para que no figure en la escritura como carga, sin contar con la firma de los demás socios.

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Deberá ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Como norma general, todos los deudores hipotecarios lo son solidariamente, es decir a cualquiera de ellos se les podría solicitar el importe total del crédito y también cualquiera de ellos podría liquidar el total del mismo.

En muchos casos, como habla de socios, podría ser que el titular del crédito fuera una sociedad, y los socios sean responsables solidarios o avalistas... por lo que hay que estudiar el caso concreto.

El crédito hipotecario es una cosa y la propiedad del inmueble otra...

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