¿Pueden los herederos rescindir el contrato de alquiler de un local a la empresa que lleva años funcionando?

Se trata de un Taller de reparación de automóviles. Llevan años funcionando en el local alquilado pero, el dueño, ha fallecido y su hija quiere rescindir el contrato porque así puede alquilar el local más caro. La cosa es saber si puede hacerlo o si debe cumplir el contrato que en su día suscribió su ahora fallecido padre y, caso de poder deshacerse de la empresa que tiene alquilado ese local, si la empresa tendría derecho a transpasarlo ya que, tener que salir del local y desmontar y cerrar la empresa, despidiendo a todos los trabajadores es un palo.

2 respuestas

Respuesta
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Como norma general, no se puede rescindir el contrato de arrendamiento. El nuevo dueño hereda los bienes, pero también las obligaciones o deudas...

En cualquier caso, deberían ponerse en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

¡Gracias! 

Tengo entendido que, aunque  en los  alquileres  de viviendas los  traspasos están prohibidos,  en los  locales  comerciales  si  pueden  quienes  tengan que  dejar  el local  pedir  traspaso.¿ Pueden o no pueden pedir traspaso para  resarcirse  de los  gastos  de  desmontar la empresa?

Debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y especialmente el contrato de arrendamiento.

Dependerá de la fecha del mismo y de la redacción, la posibilidad de solicitar una indemnización por clientela al finalizar el contrato.

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Como bien le ha señalado el compañero que me precede, el/la heredero/a tendrá que respetar el contrato concertado con el bien que hereda, su duración y su cumplimiento. Cuestión diferente es el término que se fijara de ese contrato de arrendamiento pactado con el padre de la heredera (titular y arrendador originario), que se venga cumpliendo por cada una de las partes las obligaciones...

Ello se lo indico en términos generales, pues sería recomendable tener acceso a dicho contrato de arrendamiento y poder conocer su contenido.

Quedamos a su disposición en los siguientes datos, donde nos podrá contactar sin compromiso:

[email protected]

951 71 50 41

¡Gracias! 

Tengo la  duda  de si, al  tratarse  de alquiler  de local,  la  empresa arrendataria  puede o no puede  pedir traspaso  a la  hora  de  dejar  el local. Lo pregunto ya que, en los  alquileres de viviendas los  traspasos  no eran permitidos  (si  se hacian era bajo cuerda) pero,  los  locales  comerciales cuando los  dejan, si que suelen pedir  traspaso.

Habría que estudiar el caso concreto para poder darle una respuesta más detallada e informar debidamente. Habría que ver el contrato de alquiler, su fecha (el simple hecho de que sea se fecha anterior o posterior a 1.1.95 ya hace variar la ley aplicable) y resto de documentación.

Lamento no poder aventurarme a darle, sin ese acceso a los documentos, más información. Si lo desea podemos realizar un estudio del caso, para lo cual le invito nos contacte en los datos antes referenciados.

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