Seguro de hogar...no cubre atraco al no estar empadronado

Tengo asegurada mi casa, en la que vivo, como domicilio habitual y me cubre el robo fuera de ella... Por mis circunstancias laborales, mi padrón sigue en mi localidad de nacimiento. Al ser soltero y no necesitarlo para nada donde vivo... El seguro me dice que no me cubre un robo, ¿por qué no estoy empadronado en el en mi domicilio... Es correcto? Qué tiene que ver donde esté empadronado para que sea l no mi domicilio habitual, ¿mi casa ...?

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No se si te he entendido bien. ¿La póliza de la vivienda en la que vives esta a tu nombre y no te cubre?

Pues no lo entiendo. Lo entendería si la póliza estuviese a nombre de otra persona, ya que normalmente cubre al asegurado y ascendientes y descendientes de primergrado que convivan con este. Al estar empadronado en otro lugar tendrías que demostrar que tu residencia es la que indicas... pero yo creo que en esa situación, si lo acreditas deberían pagar ya que esa situación del padrón es bastante habitual.

Si, la póliza está a mi nombre .....y no tengo ninguna vivienda más en propiedad..por mi trabajo....toda la semana viví fuera incluso alguna vez en varias semanas no puedo ir.....pero es mi domicilio particular....

A mi entender te tienen que indemnizar... el robo es en la calle. Si eres asegurado y tienes esa garantía en la póliza no entiendo el. Rehúse.

¿Has podido leer la póliza, que dice para la garantía de robo?

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¿Has mirado en el condicionado general? A ver si pone alguna especificación al respecto.

Ahí nos dirá quien es el tomador, y asegurado de la póliza, y si está como vivienda habitual blanco y en botella.

¿Y nos puedes decir qué compañía es? (huele a Línea Directa...)

General

Generali

Madre mía, como están de finos los de Generali.

Al defensor del cliente de Generali.

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Si la casa está a tu nombre y no tienes ninguna otra póliza de hogar, te lo tiene que cubrir, no creo que lo tenga como exclusión en la póliza.

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Me suena a compañía mindungera.

Esa segunda vivienda se denomina segundo domicilio y puede ser asegurada y si tienes un contrato de alquiler puedes demostrar su existencia y ademas, tu INTERÉS ASEGURABLE.

Así que lucha por que se te abone ese robo.

Por supuesto cambia de compañía.

No es segunda vivienda , es mi casa y no tengo otra .....por mi trabajo vivo de alquiler fuera de la localidad donde tengo la casa ...

Habla con tu mediador o quien te hizo la póliza.

Hay productos desarrollados para viviendas en alquiler que suelen ser un poco mas caros que los normales.

Si este fuera el caso bastaría, antes del vencimiento, hacer un suplemento sobre este tema. Vivienda en alquiler.

De todas formas aunque exista error en la póliza debe pagarse aplicando la regla de equidad, donde la prima y el daño causado debe tener proporción entre la nueva prima y lo que se pretenda.

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También, te recomiendo que saques una Póliza CAR, nunca sabes en que momento te puede ayudar.

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