¿Los encargados no están obligados a aceptar la devolución de las compras?
Si yo compro un artículo en una tienda física ¿puedo devolverlo?
He visto por internet que únicamente en caso de:
- El producto esté defectuoso.
- O estando en perfectas condiciones, sin embargo no se ajusten a lo que usted deseaba adquirir, es decir, no esté conforme con la compra. Para ello es necesario que al tiempo de la compra usted hubiera expresado al vendedor las características que necesitaba y el vendedor le hubiera dado un producto que no encajaba con esas necesidades. Si usted eligió el producto sin asistencia del personal del establecimiento, no puede exigir la garantía por falta de conformidad con lo comprado si al tiempo de comprar usted conocía o podía conocer a la vista y prueba, que ese artículo no iba a ajustarse a su necesidad.
Me podrían facilitar la Ley y art. ¿Hubo alguna modificación?